Texto oficial
"Artículo 1°- Concédese un plazo de 60 días a los empleados a contrata del Instituto Geográfico Militar, actuales imponentes de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, para acogerse al régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.
Las imposiciones del personal se traspasarán en la forma señalada en los artículos 8° y 9° del DFL N° 209, de 1953.