Texto oficial
Artículo 4°- Declárase que el reajuste de 15,54% o 25,9% aplicado a las remuneraciones condicionadas a porcentaje de utilidad y de superávit presupuestario que pasó a incrementar el sueldo del año 1966 del personal de Polla Chilena de Beneficencia, está ajustado a derecho y en consecuencia dicho personal ha tenido y tiene derecho a seguir percibiendo esa suma como parte integrante de su sueldo."