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Artículo 4 de la Ley 16.646

Deroga el articulo 11° de la ley n° 16.394, concede plazo que indica y modifica las leyes n°s 9.588, 16.281 y 16.363

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28601 · idParte: 9045562

Texto oficial

Artículo 4° Agrégase al final de la letra m) del artículo 3° del decreto con fuerza de ley 251, de 1931, eliminando el punto, lo siguiente: "de las entidades aseguradoras, en relación con la dirección y fiscalización de los productores de seguros".