Texto oficial
Artículo 6°- Intercálase en el artículo 28 de la ley N.o 16.617, a continuación de las palabras "Instituto Pedagógico Técnico" lo siguiente "y en el grado de Oficios de las Escuelas".
Aprueba disposiciones que benefician a funcionarios, empleados y obreros municipales, del servicio nacional de salud, a la municipalidad de santiago y modifica las leyes que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28604 / 7177420.