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Artículo 5 de la Ley 16.649

Aprueba disposiciones que benefician a funcionarios, empleados y obreros municipales, del servicio nacional de salud, a la municipalidad de santiago y modifica las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28604 / 7177419.

Texto oficial

Artículo 5°- Reemplázase el inciso primero del artículo 16 de la ley N.° 16.617, por el siguiente: "Concédese, por el año 1967, al personal de empleados y obreros del Servicio Nacional de Salud, con excepción del personal regido por la ley N.o 15.076, del sujeto a tarifado gráfico, del personal de empleados particulares y de los obreros agrícolas, una bonificación de E° 350 que se devengará y pagará en las fechas y montos que se indican: Marzo E° 100,00 Septiembre 125,00 Diciembre 125,00".