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Artículo 1 de la Ley 11.559

Autoriza a la municipalidad de teno para contratar un prestamo directamente con la empresa nacional de electricidad, con el banco del estado u otra institucion de credito que produzca hasta la cantidad de $ 8.000.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 286058 / 8441046.

Texto oficial

Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de Teno para contratar un préstamo directamente con la Empresa Nacional de Electricidad S.A. (ENDESA), con el Banco del Estado u otra institución de crédito que produzca hasta la suma de ocho millones de pesos ($ 8.000.000) a un interés no superior al 10% anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de 5 años. Para los efectos de la contratación del préstamo no regirán las disposiciones restrictivas del Banco del Estado, establecidas en su ley orgánica o reglamentos.