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Artículo 4 de la Ley 11.567

Autoriza a la municipalidad de purranque para contrata directamente con el banco del estado u otras instituciones de credito prestamos que produzcan hasta la suma de $ 4.000.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 286089 / 8441074.

Texto oficial

Artículo 4.o Para atender el servicio del o los préstamos a que se refiere el artículo 1.o, establécese un impuesto adicional de dos por mil anual sobre el avalúo de los bienes raíces ubicados en la comuna, que regirá desde la fecha de contratación del o los préstamos hasta el pago total de los mismos.