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Artículo 2 de la Ley 11.560

Autoriza a la municipalidad de hualañe para contratar directamente con el banco del estado o con otras instituciones de credito un prestamo hasta por la suma de $ 2.150.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 286098 / 8441095.

Texto oficial

Artículo 2.o Facúltase al Banco del Estado para tomar el préstamo a que se refiere el artículo anterior, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de su ley orgánica.