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Artículo 10 de la Ley 16.675 · Autoriza a la municipalidad de putaendo para contratar;el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de putaendo para contratar;el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28622 · idParte: 8955713

Texto oficial

Artículo 10°.- Decláranse de utilidad pública y facúltase al Presidente de la República para expropiar los bienes físicos de la Empresa Eléctrica de Putaendo."