Autoriza a la municipalidad de sagrada familia para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de e° 50.000, con el fin de aportarlo a la direccion de pavimentacion urbana para que lo destine a la pavimentacion de calles y veredas en los pueblos que indica, de esa comuna; para su servicio destina el rendimiento del impuesto del uno por mil sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna a que se refiere la letra c) del articulo 2° del decreto 2.047, de 1965, de hacienda
Artículo 2°.- El producto del o los empréstitos se invertirá por la Municipalidad de Sagrada Familia como aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para la pavimentación de calles y veredas de los pueblos de Sagrada Familia, Lo Valdivia y Villa Prat.