Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 16.692

Modifica la ley 16599, que declaro exentos del pago de los impuestos a los espectaculos y cifra de negocios a los teatros de propiedad municipal en los casos que indica, exime por diez años, del impuesto territorial al inmueble en que funciona el teatro del cuerpo de bomberos de ancud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28632 / 5978816.

Texto oficial

Artículo 2°.- Exímese por diez años del impuesto territorial al inmueble en que funciona el Teatro del Cuerpo de Bomberos de Ancud. Esta franquicia regirá siempre que dicho Teatro sea explotado directamente por el mencionado Cuerpo de Bomberos.