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Artículo 3 de la Ley 16.698

Autoriza a la municipalidad de collipulli para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de e° 950.000, con el fin de invertirlos en diversas obras de adelanto local; para su servicio destina el rendimiento de los impuestos del dos por mil, del uno por mil y del uno por mil comprendidos en la tasa unica que grava el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna, señalados en las letras c), d) y e) del artículo 2° del decreto 2.047, de 1965, de hacienda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28635 / 8283212.

Texto oficial

Artículo 3°.- El producto del o los empréstitos será invertido en los siguientes fines: a) Transformación y reparación del Teatro Municipal _ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 200.000 b) Aporte a la Dirección de Pavimenta- ción Urbana para obras de pavimen- tación en poblaciones marginales de la comuna _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 150.000 c) Aporte a la Dirección de Obras Sani- tarias para obras de alcantarillado en poblaciones marginales de la co- muna _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 150.000 d) Adquisición de vehículos motori- zados para el servicio municipal 100.000 e) Libre disposición de la Municipa- lidad para obras diversas con mo- tivo de la celebración del Cente- nario u otras _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 200.000 f) Obras de extensión y mejoramiento del servicio de alumbrado público de la comuna _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 150.000 TOTAL _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 950.000