Texto oficial
Artículo 17° La resolución se notificará, para todos
los efectos legales, mediante la publicación de dos avisos,
en días distintos en el periódico a que se refiere el N°
6 del artículo 16°.
El aviso contendrá un extracto de la resolución con la
especificación del inmueble y la individualización del
propietario y de los loteadores, si fueren conocidos.