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Artículo 5 de la Ley 16.746 · Crea premio nacional de ciencia

Crea premio nacional de ciencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28651 / 8931455.

Texto oficial

Artículo 5°- La Ley de Presupuestos de la Nación deberá consultar cada año, en el Presupuesto Corriente de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación Pública, los recursos necesarios para cubrir los gastos que demande la aplicación de la presente ley. Esta ley empezará a regir el 1° de Enero de 1968.