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Artículo 7 de la Ley 16.746 · Crea premio nacional de ciencia

Crea premio nacional de ciencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28651 / 8931457.

Texto oficial

Artículo 7°- Formarán el patrimonio de la Comisión; a) Los fondos que le asignen el Presupuesto de la Nación y leyes especiales; b) Las donaciones, aportes, herencias y legados con que se le beneficie, y c) Las rentas propias.