Texto oficial
Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y
autorízase la expropiación del inmueble, o parte de él,
en que nació el Presidente de la República, don Juan
Antonio Ríos Morales, ubicado en Cañete, en el que se
instalará el Museo Ruka kimvn taiñ volil, lonko Juan
Cayupi Huechicura.
La Sociedad Constructora de Establecimientos
Educacionales construirá en el mismo predio una Escuela
Hogar que llevará el nombre del Presidente Juan Antonio
Ríos.
El inmueble referido anteriormente tiene los siguientes
deslindes: Al Norte: Hijuela N°1, de don Virgilio Morales
Vivanco; de por medio indígenas Fermín Viluñir, Antonio
Neculpí; cerco de alambre, río Leiva, en parte, separado
por la Hijuela de Larroulet;
Al Este: río Leiva y Aníbal Gajardo, separado en parte
por arroyito;
Al Sur: con Aníbal Gajardo, separado en parte por
arroyito, hijuela N° 2 de doña Dolores Domínguez Ríos de
Cerda, separado por línea estacada de este-oeste, cerco de
alambre y arroyito en parte, y
Al Oeste: Río Peleco, antes denominado Leiva, hijuela
N°1 de don Virgilio Morales Vivanco, separada por línea
trazada en el terreno con una inclinación de 34 grados al
Oeste a partir de la estaca A. por plantaciones de pinos y
camino vecinal y en parte, río Leiva.
La expropiación se hará por la Dirección General de
Obras Públicas y con el procedimiento que establece su Ley
Orgánica.