Saltar al contenido

Artículo 3 transitorio de la Ley 16.757

Establece beneficios para los empleados y obreros que ocupen las empresas que ejecuten trabajos de produccion, mantencion o reparacion

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28655 / 7177821.

Texto oficial

Artículo transitorio.- Las situaciones reguladas por los contratos válidamente celebrados y actualmente vigentes, continuarán rigiéndose por sus disposiciones por el plazo de un año contado desde la vigencia de esta ley.