Texto oficial
Artículo 1°- Autorízase a la Municipalidad de La Cruz para contratar uno o más empréstitos, directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito, que produzcan hasta la suma de E° 250.000 al interés corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.