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Artículo 3 de la Ley 16.801 · Autoriza a la municipalidad de rio bueno para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de rio bueno para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28672 / 8283311.

Texto oficial

Artículo 3°- Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos, el rendimiento del uno por mil comprendido en la tasa única que grava el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Río Bueno, establecido en la letra e) del artículo 2° del decreto de Hacienda N° 2.047, de 29 de Julio de 1965, reglamentario de la ley N° 15.021.