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Artículo 1 de la Ley 16.802 · Autoriza contratar uno o mas prestamos a la municipalidad de ovalle

Autoriza contratar uno o mas prestamos a la municipalidad de ovalle

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28673 · idParte: 8283318

Texto oficial

Artículo 1°- Autorízase a la Municipalidad de Ovalle para contratar uno o más empréstitos, directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito, que produzcan hasta la suma de E° 1.200.000, al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.