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Artículo 5 de la Ley 16.826

Faculta al presidente de la república para transferir a sus actuales ocupantes las viviendas de las poblaciones que señala, y establece normas para la remodelacion del sector "bellavista", de valparaiso

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28679 / 8865195.

Texto oficial

Artículo 5°.- Autorízase a las Secciones Oficiales y Empleados y Tripulantes de Naves y Obreros Marítimos de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional para vender los inmuebles en que actualmente funcionan sus oficinas, situadas en la ciudad de Valparaíso, calle Prat N° 810, Rol 93/8 y calle Blanco N° 951 Rol 12/4, respectivamente. El producto de esta venta se destinará a la adquisición del terreno y a la construcción de edificios para sus nuevas sedes. Dicha construcción podrá ser efectuada por ambas secciones en forma conjunta o bien separadamente. El Consejo de la Sección Oficiales y Empleados podrá disponer que la venta del edificio de calle Prat N° 810, se efectúe en conformidad a lo dispuesto en el DFL. N° 39, de 1960, aun cuando dicho edificio no cumpla con lo dispuesto en la ley N° 6.071.