Texto oficial
ARTICULO 206.- Agrégase en el artículo 5° de la ley
N° 16.478, a continuación de la palabra "Provinciales" la
siguiente frase "y Tesoreros Municipales de Santiago y
Valparaíso", reemplazando en el mismo texto la frase "31 de
Diciembre de 1965" por "30 de Septiembre de 1967".