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Artículo 237 de la Ley 16.840

Reajusta sueldos y salarios. modifica y crea las plantas de personal que indica. suplementa el presupuesto vigente. modifica impuestos. aprueba normas varias del sector publico. modifica las leyes y decretos con fuerza de ley que señala. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28681 · idParte: 8751522

Texto oficial

ARTICULO 237.- Supleméntanse en las sumas que se indican los siguientes ítem del Presupuesto vigente: 05/05/01.007 Alimentos y bebidas_______ 1.000.000 -.- 05/05/01.009 Combustibles y lubricantes_ 1.000.000 -.- 07/01/02.112.003 Aporte y subvención a la Corporación de Fomento____ 130.000.000 4.000.000 08/01/01.115.002 Amortizaciones de la Deuda Pública Externa 1) Aporte a la Caja de Amortización de la Deuda Pública____ -.- 20.000.000 11/01/01.035.005 Fondo de Seguridad Nacional______ 25.000.000 -.- 12/03/02.031.001 Empresa de los Ferrocarriles del Estado____ 8.000.000 -.- 12/03/02.111.001 Empresa de los Ferrocarriles del Estado____ 10.000.000 -.- 17/01/02.031.002 Empresa de los Ferrocarriles del Estado____ 10.000.000 -.- - Para el pago de tarifas de cargo fiscal, según facturas que emita dicha Empresa en el curso del ejercicio 18/03/02.111.002 Corporación de la Vivienda___ 128.000.000 -.- 09/01/03.035.001 Universidad de Chile_________ 3.500.000 -.- ---------------------- 316.500.000 24.000.000