Texto oficial
ARTICULO 239.-El Presidente de la República entregará
en el año 1968 las siguientes cantidades a los Servicios e
Instituciones que se indican, con el objeto de que den
cumplimiento a las disposiciones de la presente ley:
1. Oficina de Planificación Nacional____ 1.410.000
2. Contraloría General de la República__ 3.810.000
3. Empresa de los Ferrocarriles del
Estado_______________________________ 51.620.000
4. Empresa de Transportes Colectivos del
Estado_______________________________ 8.025.000
5. Línea Aérea Nacional_________________ 8.400.000
6. Empresa Portuaria de Chile___________ 18.930.000
7. Empresa Marítima del Estado__________ 5.500.000
8. Universidad de Chile_________________ 47.052.000
9. Universidad Técnica del Estado_______ 7.920.000
10. Universidad Católica de Santiago_____ 9.250.000
11. Universidad Católica de Valparaíso___ 2.190.000
12. Universidad Técnica Federico Santa
María________________________________ 1.520.000
13. Universidad Austral de Chile_________ 2.120.000
14. Universidad del Norte________________ 1.850.000
15. Universidad de Concepción____________ 11.795.000
16. Fundación de la Frontera para sus
Escuelas Universitarias de Temuco____ 115.000
17. Escuela Normal Experimental de Talca_ 111.000
18. Consejo General del Colegio de
Abogados_____________________________ 459.000
19. Consejo de Defensa del Niño__________ 515.000
20. Fábricas y Maestranzas del Ejército__ 2.060.000
21. Dirección de Aeronáutica_____________ 580.000
22. Astilleros y Maestranzas de la
Armada_______________________________ 4.510.000
23. Instituto de Desarrollo Agropecuario_ 10.650.000
24. Corporación de la Reforma Agraria____ 9.280.000
25. Intituto de Investigaciones
Agropecuarias________________________ 2.180.000
26. Instituto Forestal___________________ 725.000
27. Instituto de Capacitación e
Investigación en Reforma Agraria_____ 235.000
28. Servicio Agrícola y Ganadero_________ 9.350.000
29. Servicio Nacional de Empleo y Mano de
Obra_________________________________ 232.000
30. Dirección de Crédito Prendario y de
Martillo_____________________________ 2.260.000
31. Servicio Nacional de Salud___________ 135.780.000
32. Servicio Médico Nacional de
Empleados, para dar cumplimiento a la
ley N° 15.076________________________ 2.780.000
33. Corporación de Servicios
Habitacionales_______________________ 7.290.000
34. Corporación de Mejoramiento Urbano___ 860.000
35. Caja de Accidentes del Trabajo, para
dar cumplimiento a la ley N° 15.076__ 320.000
Al personal de la Empresa Marítima del Estado, sujeto a
Convenio, se le aplicará el Título del Sector Privado.
Los aportes establecidos para las Universidades de
Concepción y Austral de Chile servirán para dar
cumplimiento a las disposiciones de la presente ley y para
pagar la extensión horaria de los profesores funcionarios
afectos a la ley N° 15.076, que se desempeñen en régimen
de jornada completa.
Declárase que la Universidad de Concepción puede
girar, con cargo a los fondos que le corresponden de acuerdo
a lo establecido en los artículos 36 de la ley 11.575 y 27
de la ley 11.828, modificado por la ley 16.425, las
cantidades que le permitan financiar el mayor gasto que
significará la extensión horaria cuando ella se conceda
con fines de investigación o de docencia a los
profesionales funcionarios no afectos a la ley 15.076.