Texto oficial
ARTICULO 244.- Reemplázase el inciso segundo del
artículo 14 de la ley N° 16.433, por el siguiente:
"El producto de este impuesto se depositará en cuenta
especial, centralizada en la Tesorería Provincial de
Coquimbo, y se entregará a la Universidad de Chile para que
lo destine al funcionamiento de actividades docentes y de
extensión musical a través del Conservatorio Regional,
dependiente del Centro Universitario de La Serena".