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Artículo 5 de la Ley 16.848 · Aprueba normas por las que se regira la universidad austral de chile

Aprueba normas por las que se regira la universidad austral de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28682 / 5979395.

Texto oficial

Artículo 5°.- Facúltase al Presidente de la República para aprobar los nuevos Estatutos de la Universidad Austral de Chile que elaborarán conjuntamente el Consejo y el Directorio de dicha Corporación.