Texto oficial
Artículo 4°.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 9° de la ley N° 9.343, modificado por la letra e) del artículo 2° del DFL. N° 335, de 1953, el guarismo "$ 150.000", por "seis sueldos vitales anuales escala A) del departamento de Santiago".