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Artículo 5 de la Ley 16.872 · Modifica las leyes n°s 9.343, 15.840 y el dfl. 335, de 1953

Modifica las leyes n°s 9.343, 15.840 y el dfl. 335, de 1953

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28686 / 7177870.

Texto oficial

Artículo 5°.- Declárase que el inciso cuarto del artículo 33 de la ley N° 15.840 se refiere, además de los funcionarios que señala, a los Jefes de Departamento del Ministerio de Obras Públicas.