Texto oficial
Artículo 3°.- El producto del o los empréstitos que se contraten en uso de la autorización concedida en la presente ley, deberá ser invertido en los siguientes fines:
a) Aporte a la Dirección de Obras
Sanitarias para el mejoramiento
del servicio de agua potable y
alcantarillado _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 100.000
b) Aporte a la Dirección de Pavimenta-
ción Urbana para mejoramiento de
calles y aceras _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 100.000
c) Expropiaciones para el cumplimien-
to del Plano Regulador de la ciudad E° 100.000
d) Ejecución de obras de adelanto
en los diferentes barrios de
la comuna _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 100.000
e) Adquisición de vehículos motori-
zados para los diferentes servi-
cios municipales _ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 100.000
f) Extensión de alumbrado público en
diversos barrios de la comuna _ _ _ E° 100.000
T O T A L _ _ _ _ _ _ _ _ E° 600.000