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Artículo 4 de la Ley 16.888 · Autoriza a la municipalidad de tome para contratar los prestamos que señala

Autoriza a la municipalidad de tome para contratar los prestamos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28692 / 8283456.

Texto oficial

Artículo 4°.- Destínase con el exclusivo objeto de atender el servicio del o los empréstitos que autoriza la presente ley, el rendimiento de la contribución territorial del uno por mil sobre el avalúo imponible de la comuna de Tomé, a que se refiere la letra e) del artículo 2° del decreto N° 2.047, de 29 de Julio de 1965, del Ministerio de Hacienda, que fijó la tasa única del impuesto territorial.