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Artículo 12 de la Ley 16.894 · Modifica la ley n° 12.937, y otras que indica

Modifica la ley n° 12.937, y otras que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28694 / 7177885.

Texto oficial

Artículo 12.- Agrégase el siguiente inciso final al artículo 2° de la ley número 12.858: "Facúltase al Presidente de la República para que en casos graves y urgentes de falta de abastecimiento, pueda modificar las cuotas de importación de mercaderías a que se refiere esta ley.". Asimismo, facúltase al Presidente de la República para reemplazar las partidas del antiguo Arancel Aduanero (ley 4.321) señaladas en el artículo 1° de la ley N° 12.858, por las partidas correspondientes del actual Arancel.