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Artículo 1 de la Ley 16.906

Autoriza al presidente de la república para que transfiera gratuitamente al cuerpo de bomberos de coronel el predio fiscal que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28697 / 5979496.

Texto oficial

Artículo 1°.- Autorízase al Presidente de la República para transferir, a título gratuito, al Cuerpo de Bomberos de Coronel, el predio fiscal ubicado en la comuna de Coronel, rol 15-1, con una cabida aproximada de setecientos sesenta metros cuadrados y cuyos deslindes, según su título, son los siguientes: Norte, con terrenos de la Compañía de Lota y Coronel, calle Serrano de por medio; Sur, terreno municipal, o sea, un sitio rematado por don Fernando Jensen; Oriente, calle Los Carrera, y Poniente, la línea férrea y el mar. Este predio está inscrito a nombre del Fisco, a fojas 205, número 229 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coronel del año 1946. Esta transferencia comprende, además, los bienes muebles por anticipación e inmuebles por adherencia y por destinación que haya en dicho predio.