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Artículo 4 de la Ley 16.918 · Autoriza a la municipalidad de san pablo para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de san pablo para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28702 · idParte: 8283493

Texto oficial

Artículo 4°- Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos autorizados, el rendimiento del impuesto de un uno por mil comprendido en la tasa única que grava el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de San Pablo, señalado en la letra e) del artículo 2° del decreto de Hacienda N° 2.047, de 29 de Julio de 1965, reglamentario de la ley N° 15.021.