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Artículo 26 de la Ley 16.959

Fija el texto refundido, corregido, coordinado;sistematizado de la ley 16.959. aprueba disposiciones;legales relativas al impuesto habitacional de 5% y 4%;establecido en favor de la corporacion de la vivienda

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28721 · idParte: 8955783

Texto oficial

Artículo 26°- Los contribuyentes señalados en el artículo 1°, que tengan su giro o establecimiento en las provincias de Chiloé, Aysen y Magallanes deberán invertir en la respectiva provincia las sumas imputadas por cualquiera de las vías señaladas en la presente ley.