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Artículo 1 de la Ley 16.964

Autoriza a la municipalidad de los lagos para contratar emprestitos hasta la suma de e° 270.000 con el objeto que indica, para su servicio destina el uno por mil del impuesto territorial señalado en el decreto de hacienda 2.047, de 29 de julio de 1965

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28723 / 8283564.

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Los Lagos para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, la Corporación de Fomento de la Producción u otra institución de crédito, que produzcan hasta la suma de E° 270.000 al interés corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.