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Artículo 3 de la Ley 16.964

Autoriza a la municipalidad de los lagos para contratar emprestitos hasta la suma de e° 270.000 con el objeto que indica, para su servicio destina el uno por mil del impuesto territorial señalado en el decreto de hacienda 2.047, de 29 de julio de 1965

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28723 / 8283566.

Texto oficial

Artículo 3° El producto de los empréstitos que se contraten en uso de las autorizaciones que confiere la presente ley, deberá ser invertido en las siguientes obras: 1.- Construcción de un edificio para Mercado en Los Lagos, incluyendo la adquisición del terreno _________________________________ E° 100.000,- 2.- Adquisición y colocación de luminarias en las redes de alumbrado público de Los Lagos, Reumén y Antilhue ________________ 15.700,- 3.- Construcción de techumbre a las tribunas del Estadio Municipal "Samuel Valck", de Los Lagos _____________________ 15.000,- 4.- Construcción de techumbre a las tribunas del Estadio Municipal "Quirino Vásquez", de Reumén ___________________________________ 7.500,- 5.- Construcción de camarines en el Estadio Municipal de Antilhue y cierro del recinto_ 8.880,- 6.- Construcción de un kiosko en la Plaza Pública de Los Lagos ______________________ 9.000,- 7.- Construcción de un kiosko en la Plaza Pública de Reumén ___________________ 6.000,- 8.- Aporte para construir Gimnasio en Antilhue __________________________________ 20.000,- 9.- Adquisición de un chassis de camión ___ 50.000,- 10.- Aporte de la Municipalidad al Cuerpo de Bomberos de Los Lagos, para adquisición de un carro bomba para la Segunda Compañía __________________________________ 20.000,- 11.- Aporte para construcción de Matadero Municipal de Los Lagos ____________________ 18.000,- _________ TOTAL ____________________________________ E° 270.000,- _________