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Artículo 2 de la Ley 16.986

Libera de pago de los derechos y gravamenes que expresa la internacion de la escultura que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28741 / 5979763.

Texto oficial

Artículo 2° Autorízase la internación y libérase, asimismo, de todo derecho o gravamen a los materiales de construcción y herramientas que interne al país el Comité Pro-Monumento al Inmigrante Yugoslavo destinados exclusivamente a la ejecución de la referida obra."