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Artículo 1 de la Ley 16.993

Autoriza a la municipalidad de san pedro para contratar emprestitos hasta la suma de e° 300.000 para la extension y mejoramiento de la red de alumbrado publico; para su servicio destina los recursos que expresa

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28745 / 8283646.

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de San Pedro para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito uno o varios empréstitos hasta la suma de E° 300.000, al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años.