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Artículo 3 de la Ley 17.003

Autoriza a las municipalidades de conchali, maipu, quilicura, curacavi y lampa para contratar en forma directa e independiente, uno o mas emprestitos que produzcan hasta las sumas que se indican, con el fin de destinarlos a la ejecucion de diversas obras de adelanto local; para su servicio destina el rendimiento de la tasa parcial sobre el avaluo de los bienes raices de esas comunas, señalada en la letra e) del articulo 2° del decreto 2.047, de 29 de julio de 1965, de hacienda, reglamentario de la ley 15.021; la municipalidad de curacavi destinara, ademas, para el servicio de estos emprestitos, el rendimiento del impuesto contemplado en la letra c) del articulo 2° del decreto 2.047, citado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28749 · idParte: 8283670

Texto oficial

Artículo 3° El producto de los empréstitos que cada una de las Municipalidades antes nombradas contrate, en virtud de la autorización concedida por el artículo 1°, deberá invertirse en la ejecución de las siguientes obras: MUNICIPALIDAD DE CONCHALI 1) Para comprar, instalar y hacer funcionar planta asfáltica sola o en conjunto con otras Municipalidades __________________ E° 500.000,- 2) Para comprar vehículos recolectores de basuras _____________________________ 450.000,- 3) Para adquirir y expropiar terrenos destinados a campos deportivos, construir en ellos pudiendo formar sociedades que permitan funcionar en las comunas un Hipódromo _______________ 1.000.000,- 4) Para extensión y mejoramiento alumbrado público ______________________ 250.000,- 5) Para iniciar y construir un nuevo Edificio Consistorial __________________ 200.000,- ___________ TOTAL __________________________________ E° 2.400.000,- ___________ MUNICIPALIDAD DE MAIPU 1) Aporte a la empresa Municipal de Transportes ____________________________ E° 800.000,- 2) Para extensión de red de alcantarillado _________________________ 200.000,- 3) Para aporte y construcción de redes de agua potable ________________________ 200.000,- 4) Para aporte y trabajos de pavimentación, soleras y veredas en la comuna _________ 250.000,- 5) Para iniciar y construir Edificio Municipal ______________________________ 450.000,- 6) Para trabajos de ampliación y terminación del Estadio Municipal ______ 200.000,- 7) Para comprar, urbanizar, construir y enajenar terrenos y poblaciones construidas en ellos de acuerdo con la ley 15.732 _____________________________ 700.000,- ___________ TOTAL __________________________________ E° 2.800.000,- ___________ MUNICIPALIDAD DE QUILICURA 1) Aporte a la empresa Municipal de locomoción colectiva ___________________ E° 100.000,- 2) Construcción Teatro Municipal _______ 50.000,- 3) Aporte para alcantarillado domiciliario ___________________________ 40.000,- 4) Aporte para Estadio Municipal _______ 50.000,- ___________ TOTAL __________________________________ E° 240.000,- ___________ MUNICIPALIDAD DE CURACAVI 1) Para aporte a la construcción de una línea de transmisión de energía eléctrica hasta la comuna de Curacaví, mejoramiento de las actuales líneas de transmisión hasta la comuna y conexión provisoria a la Empresa Eléctrica de Melipilla, autorizando a la Municipalidad con este objeto para formar sociedades aportando en ellas sus actuales bienes ____________________ E° 380.000,- 2) Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para extensión y mejoramiento de la red de agua potable ______________ 40.000,- ___________ TOTAL __________________________________ E° 420.000,- ___________ MUNICIPALIDAD DE LAMPA 1) Aporte a la empresa Municipal de Transportes ____________________________ E° 140.000,- 2) Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana ___________________ 140.000,- ___________ TOTAL __________________________________ E° 280.000,- ___________