Texto oficial
Artículo 6°- En caso de no contratarse el o los préstamos, la Municipalidad de Negrete podrá girar con cargo a los recursos contemplados en el artículo 4° para su inversión directa en las obras a que se refiere el artículo 3°. Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de dichas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, si ésta se contrajera por un monto inferior al autorizado.