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Artículo 2 de la Ley 17.059 · Autoriza a la municipalidad de yumbel para expropiar los lotes de terrenos que señala:

Autoriza a la municipalidad de yumbel para expropiar los lotes de terrenos que señala:

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28775 / 7178057.

Texto oficial

Artículo 2°- Los terrenos expropiados en virtud del artículo anterior, se destinarán a la instalación de un balneario popular.