Texto oficial
Art. 47. El régimen de pensiones que establece esta ley
comprende:
a) Pensión por vejez;
b) Pensión por invalidez, y
c) Pensiones de viudez y orfandad.
Crea el registro nacional de comerciantes establecidos de chile, modifica la ley n° 16.464, el d.f.l. n° 242, de 1960, y otros textos legales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28778 / 9001182.