Texto oficial
Artículo 33.- Autorízase al Presidente de la
República para que, por decreto fundado que lleve la firma
del Ministro de Hacienda, previo informe de la Tesorería
General y de la Contraloría General de la República,
elimine del activo de la Caja Fiscal con cargo al ítem 039,
los valores pendientes en la cuenta "E-11 Documentos por
cobrar" correspondientes a cheques protestados que se
estimen incobrables.