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Artículo 98 de la Ley 17.072

Aprueba el calculo de entradas y la estimacion de los gastos del presupuesto corriente de la nacion para el año 1969

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28781 / 8757214.

Texto oficial

Artículo 98.- La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas recibirá, excluyendo intereses y multas, los descuentos que la Universidad de Chile efectuó a su personal por aplicación de la letra c) del artículo 11 de la Ley N° 15.386 por el lapso comprendido entre el 1° de Diciembre de 1963 y el 31 de Diciembre de 1965.