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Artículo 109 de la Ley 17.072

Aprueba el calculo de entradas y la estimacion de los gastos del presupuesto corriente de la nacion para el año 1969

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28781 / 8757225.

Texto oficial

Artículo 109.- Durante el año 1969 los profesores de la Dirección de Educación Secundaria podrán completar sus horarios en la forma prevista en el artículo 282 del DFL. N° 338, de 1960, cualquiera que sea el número de las horas vacantes o que se trate de proveer, cuando las necesidades del Servicio lo aconsejen.