Texto oficial
Artículo 5.°- Declárase, que a la Corporación de Servicios Habitacionales le han sido y le son aplicables todas las normas legales que regían para la Corporación de la Vivienda al 16 de Diciembre de 1965, en cuanto respecta a líneas de créditos o préstamos y en cuanto a exenciones de impuestos, tasas o contribuciones fiscales o municipales, sea que tales exenciones beneficien a la Institución misma o a los beneficiarios de tales créditos o préstamos.