Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 17.163

Prorroga vigencia de las polizas de seguros contratadas en la ex-caja de accidentes del trabajo por los trabajadores de minas a pirquen

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28808 · idParte: 5980221

Texto oficial

Artículo 2°.- La presente ley empezará a regir desde el 1° de Mayo de 1969.