Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 17.172

Modifica ley n° 8.569 y considera empleados publicos a los del banco central para el efecto que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28815 / 5980279.

Texto oficial

Artículo 1°.- Reemplázase en el inciso tercero del artículo 71° de la ley N° 8.569, agregado por la ley N° 9.493, la expresión "en los incisos anteriores" por la expresión "en esta ley".