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Artículo 5 de la Ley 17.180

Deroga ley n° 16.804 que autoriza a la municipalidad de algarrobo para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28821 · idParte: 8283860

Texto oficial

Artículo 5.°- Con el exclusivo objeto de atender el servicio del o los préstamos que autoriza esta ley, destínase el rendimiento de la tasa parcial del uno por mil comprendido en la tasa única que grava el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Algarrobo señalada en la letra c) del artículo 2.° del decreto de Hacienda N.° 2.047, de 29 de Julio de 1965.