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Artículo 1 de la Ley 17.232 · Devuelve al dominio de la municipalidad de chillan los terrenos que señala

Devuelve al dominio de la municipalidad de chillan los terrenos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28846 · idParte: 8748014

Texto oficial

Artículo 1.°- Declárase que por haber destinado a otros fines de los señalados en la ley N.° 8.821, los terrenos indicados en dicha ley han vuelto al dominio de la Municipalidad de Chillán. El Conservador de Bienes Raíces correspondiente, procederá, sin más trámite, a cancelar la inscripción de dominio vigente a favor del Club Nacional de Tiro al Blanco, Sección Chillán.